El inicio de la aplicación efectiva de la GDPR ha provocado un auténtico tsunami en el mundo empresarial y la Administración, que encaran profundos cambios para adaptarse a la nueva normativa. Uno de los sectores más afectados es el sanitario, donde se gestiona información muy sensible como los datos del paciente.
Uno de los pilares de del reglamento europeo de protección de datos es el consentimiento informado. Esto significa que el paciente debe recibir información clara y concisa de cómo van a tratarse sus datos personales, y aceptar de forma explícita este tratamiento.
Entre la información que el profesional sanitario debe contener los siguientes detalles:
Sin embargo, hay tres excepciones que permiten tratar datos de salud del paciente sin su consentimiento expreso:
La ley europea considera datos personales relacionados con la salud todos aquellos: relativos a la salud física o mental de una persona física, incluida la prestación de servicios de atención sanitaria, que revelen información sobre su estado de salud (artículo 4.15).
Esto también era así antes pero ahora se introduce un matiz importante ya que incluye entre los datos personales de salud los relativos a la prestación de servicios de atención sanitaria que revelan alguna información sobre el estado de salud de salud.
La Ley de Autonomía del Paciente (Ley 41/2002) ya recogía la obligatoriedad de un tratamiento de nivel alto de los datos del paciente y ahora con la GDPR oda la información que tenga que ver con la salud de una persona ostenta un grado aún mayor de protección.
En nuestro blog hemos dedicado varios artículos a hablar de la GDPR y sus consecuencias. Si tienes un web para tu clínica atento a los cambios que debes implementar.